¿Puedo dejar sola a mi mascota? ¿Durante cuánto tiempo?
La entrada en vigor de la nueva Ley de Bienestar Animal conlleva nuevas multas y sanciones respecto al a tenencia de una mascota. En cuestiones como el tiempo que puede estar sólo en casa o aspectos tan cotidianos como dejarle en la puerta mientras compramos el pan.
La primera sanción de la Ley de Bienestar Animal se puso en Vigo a una joven que dejó atado a su mascota mientras compraba en la farmacia. Algo relativamente habitual en locales en los que está prohibido el acceso con perros.
La cuestión es que la entrada en vigor de la nueva norma ha desatado numerosas dudas respecto a qué se puede y qué no se puede hacer en todo lo relativo a los propietarios de una mascota.
Las sanciones pueden ir de los 500 a los 200.000 euros. En el caso de la primera impuesta por dejar a la mascota atada unos minutos en la puerta de un establecimiento, esta asciende a 500 € (50% con pronto pago).
Dejar atado al perro en la puerta de un local comercial pasa a estar prohibido, tal y como se especifica en el apartado d) del artículo 27, por el cual “queda expresamente prohibido mantener a los animales de compañía atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento”.
Mascota en casa
En lo que respecta a dejar al perro solo en casa, el tiempo máximo pasa a ser de 24 horas (salvo en el caso de los perros pastores, “siempre y cuando tengan un localizador para conocer su posición y un refugio para dormir”.
Otro de los aspectos que regula la nueva normativa se refiere a la prohibición de que una mascota duerma en balcones, terrazas o sótanos, por ejemplo
En cuanto a la esterilización, será obligatorio esterilizar a los perros si han sido adoptados en una protectora. Por otro lado, el número máximo de animales en una casa será de cinco.
Al encontrarse el Gobierno en funciones, algunas cuestiones han quedado pendientes de regulación. Como la obligatoriedad de la contratación del seguro de responsabilidad civil y la realización del curso de formación para los dueños de los perros. Ambos aspectos requieren de la aprobación de un reglamento específico complementario y esto deberá refrendarlo el próximo ejecutivo.
Podéis ampliar el contenido íntegro de la Ley de Bienestar Animal en este enlace.